Elplazo de prescripción para reclamar los gastos extraordinarios en España es de 5 años según el artículo 1964 del Código Civil. Algunas audiencias entienden que el plazo de prescripción de los gastos extraordinarios no debe diferenciarse del
Parala prescripción extintiva regirán los plazos especiales establecidos en el Código Catalán, y en lo no previsto en dicha Ley, los especiales que determina el Código Civil. Por lo cual el derecho supletorio, esto es, el del Estado, sólo rige en la medida en que no se opone a las disposiciones del Derecho Civil de Cataluña o de los principios que lo
ElTribunal Supremo, que se ha reunido este miércoles para estudiar el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios incluidos en cláusulas abusivas, ha decidido consultar a
Enatención a tales consideraciones y las grandes controversias surgidas se considera que además de los gastos extraordinarios expresamente detallados en los títulos judiciales de medidas definitivas o provisionales, es viable plantear el nuevo procedimiento de la regla 4ª del art. 776, de la L.E.C., con la finalidad de que se declare judicialmente el carácter
Elart. 25 LGP prevé el plazo general de prescripción para reclamar deudas en cuatro años. 2ª. En ausencia de regulación por el Ayuntamiento para los funcionarios, el plazo para disfrutar de la compensación de jornada por horas extraordinarias debe ser de cuatro meses (art. 35 ET/15).
Plazospara reclamar las cuotas pendientes en una comunidad de vecinos. En primer lugar, el Código Civil en su artículo 1964 establece que “ las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el
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plazo para reclamar gastos extraordinarios